Reglamento para el Funcionamiento del Cuerpo
en Concordancia con la Ley de Régimen Municipal N° 10027
Artículo 72º )
Llamado al orden por dos veces en una sesión, el concejal que incurra en una tercera, la Presidencia propondrá al cuerpo se le autorice a prohibirle el uso de la palabra durante el resto de la sesión.-