Artículo 52º )

El miembro informante de la mayoría de la Comisión tendrá siempre el derecho de hacer uso de la palabra para replicar las objeciones que al Proyecto se hicieren y que no hubiesen sido contestadas por él, no gozando de este derecho el miembro informante de la minoría sobre el asunto en discusión.-

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Villa Elisa, Entre Ríos, Argentina