La palabra será concedida por la Presidencia a los Concejales, en el orden siguiente:
- Al miembro informante de la Comisión que haya dictaminado en algún asunto en discusión, por la mayoría.
- Al miembro informante de la/s minoría/s de la comisión sobre el mismo asunto anterior.
- Al autor del Proyecto en discusión.
- Al primer Concejal que la pidiera después de los precedentes.