Artículo 1º )

Abierta la sesión preparatoria de constitución del Cuerpo Deliberante prevista en el Art. 83 Ley 10027, el Concejal de más edad se constituirá en Presidente provisorio y tomará juramento a todos los Concejales presentes, que lo prestarán de acuerdo a alguna de las siguientes fórmulas:
1.- (Presidente) : Señor/a Concejal Juráis por Dios Nuestro Señor, por la Patria y vuestro honor, desempeñar con lealtad y patriotismo, ante el pueblo que lo ha elegido, el cargo de concejal con el que ha sido investido?
(Concejal) : Responde afirmativo.
(Presidente) : Si así no lo hiciereis que Dios, la Patria y el Pueblo os lo demanden .-
2.- (Presidente) : Señor/a Concejal Juráis por la Patria y vuestro honor, desempeñar con lealtad y patriotismo, ante el pueblo que lo ha elegido, el cargo de concejal con el que ha sido investido?
(Concejal) : Responde afirmativo.
(Presidente) : Si así no lo hiciereis que la Patria y el Pueblo os lo demanden .-
Acto seguido, se elegirán por simple mayoría de los presentes, las autoridades definitivas del Concejo, que serán: Un Vicepresidente 1° y un Vicepresidente 2°, fijándose en esta primera sesión todas las providencias de orden interno necesarias sobre horario de sesiones, días fijados, Comisiones Provisorias, etc.-
Ocupada la Presidencia por el Vicepresidente 1° electo, este tomará a su vez juramento al Presidente provisorio, que se incorporará a su banca. Si la vicepresidencia 1ª recae en el Concejal de mayor edad será el Vicepresidente 2º quién tomará juramento al Presidente provisorio.-

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