Las actas de las sesiones del Concejo, ya sean ordinarias, extraordinarias, prórroga, especiales o secretas, deberán expresar:
- El carácter de la sesión y número de orden que corresponda.-
- Fecha, hora y lugar de su celebración.-
- Nómina de Concejales presentes y de los inasistentes, haciendo constar cuando sea con aviso, sin él o con licencia.-
- Anotar las observaciones, correcciones y aprobación del acta anterior.-
- Los asuntos, comunicaciones y Proyectos del orden del Día, que la Presidencia dispondrá su trámite, salvo intervención especial del cuerpo en funciones.-
- Hará constar el orden y forma en que se desarrolla cualquier asunto con mención de los Concejales que intervengan y de los fundamentos principales que aduzcan, todo expuesto en forma sintética, concisa y fiel, así como la resolución recaída con toda claridad.-
- La hora en que se levante cualquier sesión y razón de tal medida.-